Claudia López se ha hecho de las banderas de la corrupción para alcanzar sus fines electorales y mantenerse vigente, luego de numeroso escándalos y retractaciones que la justicia le ordenó.
La senadora Claudia López ha promovido un referendo para de ésta manera combatir la corrupción, para lo cual se lanzó a recoger 3 millones de firmas, con esto solo busca comprometer al firmante para apoyar su candidatura presidencial haciendo que se indigne cuando el referendo se hunda porque legalmente todas sus propuestas son inviables.
Ésto básicamente es un acto de corrupción electoral por parte de la Congresista, pues engaña al elector y al firmante cuando de sobra sabe que las propuestas ya están previstas en la Ley y otras son inviables jurídicamente, no es justo para el bolsillo de los Colombianos que debamos financiar una consulta que cuesta cerca de 40 mil millones, solo para hacer una campaña mentirosa y engañar finalmente al elector.
Repasemos sus 7 propuestas:
(i) Reducir el salario de los congresistas de 40 a 25 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes fijando un tope de 25 Salarios Mínimos Legales Vigentes como máxima remuneración mensual de los Congresistas y altos funcionarios
Ésto va en contra de un principio que la Corte Constitucional ha denominado "desmojoramiento de las condiciones laborales" es decir no puede haber regresividad en las condiciones laborales, la Corte lo ha desarrollado en amplia Jurisprudencia. Pero más allá de eso, la propuesta en nada combate la corrupción por el contrario muchos congresistas al tener menos ingresos, son más propensos a recibir la denominada "mermelada"
(ii) Implementar que los condenados por corrupción y delitos contra la administración pública deban cumplir la totalidad de las penas sin reclusión especial, y que el Estado pueda terminarlos contratos con ellas y con las personas jurídicas de las que hagan parte, sin indemnización ni posibilidad de volver a contratar con el Estado.
En el código penal está establecido el título XV completo donde tipifica los delitos contra la administración pública, es decir son perseguidos penalmente, pero también el artículo 277 y 278 de la Constitución Política establece que pueden ser sancionados por la Procuraduría General de la Nación, dicho sea de paso Petro y sus amigos quieren quitarle la función de destituir e inhabilitar funcionarios de elección popular a la Procuraduría. de igual manera existe la Contraloría General de la República que persigue fiscalmente la corrupción.
(iii) Crear la obligación de usar pliegos tipo para todas las entidades públicas y territoriales, para reducir la manipulación de requisitos habilitantes y ponderables, y la contratación a dedo
Todo el desarrollo normativo de las leyes de Contratación: ley 80 de 1993, el estatuto anticorrupción ley 1474 de 2011 y sus decretos compilatorios entre ellos el decreto 1082 de 2015, crean el SECOP donde parametrizan y obligan a todas las entidades públicas y territoriales a cumplir con unos requisitos estándares y dejan muy poco a la subjetividad de las entidades contratantes, además impone como generalidad que todos los contratos se tramiten por licitación pública e impone la contratación directa (contrato a dedo) como excepción.
(iv) Realizar audiencias públicas obligatorias para que la ciudadanía y los corporados decidan sobre el desglose y priorización del presupuesto de inversión de la Nación, los departamentos y los municipios, y sobre la rendición de cuentas de la contratación y ejecución.
Ésto no es ninguna novedad, la Ley 489 de 1998 se estableció que todas las entidades y organismos de la administración pública tienen la obligación de desarrollar su gestión acorde con los principios de la democracia participativa y democratización de la gestión pública, para lo cual dichas organizaciones deben realizar la rendición de cuentas a la ciudadanía.
(v) Crear la obligación de rendir cuentas anualmente para los congresistas y demás corporados, con información sobre asistencia, iniciativas, votaciones, debates, gestión de intereses particulares o de lobbistas, partidas e inversiones públicas gestionadas y cargos públicos para los que hayan presentado candidatos.
Ésto no tiene efectos prácticos, pues la Ley de transparencia ley 1712 de 2014 impone la obligación a todas las corporaciones públicas de publicar en página todos los asuntos que tramiten en sus respectivas corporaciones, es decir que el ciudadano pueda disponer de toda la información sobre la corporación.
(vi) Crear la obligación de hacer públicas las declaraciones de bienes, patrimonio, rentas, pago de impuestos y conflictos de interés para todos los electos mediante voto popular, como requisito para posesionarse y ejercer el cargo, e iniciar de oficio investigaciones penales y aplicar la extinción de dominio al elegido y a su potencial red de testaferros
El artículo 122 de la Constitución establece la obligación de todos los servidores públicos del Estado a "Antes de tomar posesión del cargo, al retirarse del mismo o cuando autoridad competente se lo solicite deberá declarar, bajo juramento, el monto de sus bienes y rentas. Dicha declaración sólo podrá ser utilizada para los fines y propósitos de la aplicación de las normas del servidor público."
De igual manera estable una serie de mecanismos de participación ciudadana que permiten que los ciudadanos puedan participar en las decisiones que se tomen sobre el presupuesto público en todos los niveles terrotoriales, también está la ley de veedurías ciudadanas que tienen buenos elementos de control sobre las funciones públicas y la contratación.
(vii) Limitar a máximo 3 periodos la permanencia en las corporaciones como concejo, asambleas y congreso.
En el 2016, el Representante a la Cámara del Centro Democrático Samuel Hoyos Mejía presentó un proyecto de Ley que buscaba acabar con la reelección indefinida de los Congresistas, diputados y concejales, el proyecto se encuentra en trámite ya pasó el primer debate en la comisión primera de la Cámara de Representantes.
Ésta que sería la única pregunta viable jurídicamente, ya se está tramitando en el congreso y no necesitó de 40 mil millones de pesos para hacerlo, además que el referendo "anticorrupción debe pasar y ser aprobado por el Congreso, por lo que si no pasa el proyecto de Ley tampoco va a pasar el referendo.

